Alfonso Reyes

El primer grado del respeto social se refería a la sociedad en general, a la conveniencia de ser dueño de sí mismo y, en lo posible, agradable y solícito al prójimo. El segundo grado del respeto social se refiere ya a la sociedad organizada en Estado, en gobierno con sus leyes propias.

Este grado es el respeto a la ley. Asume, a su vez, varias categorías. Las sanciones contra las violaciones respectivas ya no se dejan a la mera opinión pública. Son, verdaderos castigos: indemnización, multa, destitución, destierro, prisión, trabajos forzados, pena de muerte, según las leyes de cada país y la gravedad del acto violatorio. Y es que, en este grado, las contravenciones o violaciones del respeto son más peligrosas para la sociedad.

Este es el campo del Derecho, o de la vida jurídica. El Derecho procura establecer la justicia en todos los tratos y compromisos entre los hombres.

La igualdad ante el Derecho es una de las más nobles conquistas del hombre. El que comete una falta o un delito debe sufrir igual pena, sea débil o poderoso, pobre o rico. Pero, a mayor altura de la persona, toca mayor responsabilidad, por concepto de agravante. Por ejemplo, la traición de un soldado y la de un general sufren igual pena. Pero, ante nuestro juicio moral, la del general es todavía peor que la del soldado.

El sistema legal es inevitable y benéfico porque constituye el armazón que sostiene a la comunidad. Gracias a el se asegura la equidad en las relaciones y se resuelve el conflicto de los egoísmos. La ley no es una imposición ni una restricción contra el libre albedrío, sino, por el contrario, una garantía de libertad.

El campo de la ley puede imaginarse como un grado más solemne del de la conducta. Un descuido en las buenas formas nada más causa disgusto. La falta de amor y respeto entre los miembros de una familia es, para éstos, una desgracia, y para los extraños, un motivo de repugnancia; nada más. Pero una agresión física, un robo, un engaño, un fraude, un asesinato, son ya objeto de castigos y penas.

En este sentido, toda violación de la ley lo es también de la moral; pero hay violaciones morales que no llegan a ser violaciones jurídicas. Claro es que hay también algunas prescripciones jurídicas, de carácter más bien administrativo, que son moralmente indiferentes. No registrar un invento es un descuido, pero no una inmoralidad.

Así, se establecen los distintos niveles del Derecho, o sea los distintos caracteres de los respetos que la ley asegura mediante sanciones. Depositar en el buzón una carta sin franqueo causa una multa mínima, que bien puede negarse a pagar el interesado, aunque renunciando a su carta. Violar un contrato ya supone indemnizaciones. Robar la propiedad ajena, aprovecharse en la administración de los bienes del Estado, dañar los bienes públicos, agredir o matar a un prójimo, reciben penas mayores, que van de la multa a la prisión perpetua.

Para que el Estado pueda operar y proporcionar servicios públicos a la comunidad, necesita la contribución de todos. Estos son los impuestos y los derechos que pagamos, proporcionalmente a las exigencias de cada uno. Rehuirlos o intentar el engaño, además de delito, es romper la solidaridad social, es querer disfrutar beneficios sin participar en la carga común.

La forma misma del Estado, la Constitución, que es la ley de todas las demás leyes, se considera como emanación de la voluntad del pueblo en la doctrina democrática. Está previsto en este código fundamental el medio para modificarlo de acuerdo con el deseo del pueblo, expresado a través de sus representantes.

Cuando el gobierno (que no es lo mismo que la ley) comienza a contravenir las leyes, o a desoír los anhelos de reforma que el pueblo expresa, sobrevienen las revoluciones. Estos hechos históricos no son delitos en sí mismos, aun cuando en la práctica se los trate como tales cuando las revoluciones son vencidas. Lo que pasa es que puede haber revoluciones justas e injustas. Y también es evidente que los actos de violencia con que se hacen las guerras civiles son, en sí mismos, indeseables en estricta moral, censurables en unos casos y delictuosos en otros, ora provengan de la revolución o del gobierno.

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